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Salario mínimo: cuál será el ajuste y cómo puede mejorarse el sistema Imprimir E-mail
ECONOMIA Y SOCIEDAD
Domingo, 11 de Diciembre de 2011 20:13

Hay buenas noticias en el frente laboral: el desempleo se ha reducido, un acuerdo sobre el mínimo es posible y los salarios reales tienden a aumentar. Pero los criterios para ajustar el mínimo necesitan cambiar: no debe ser anual, debe fijarse por hora y no por mes, debe mirar sus impactos sobre la población no cubierta... y la luna de miel entre trabajadores y empleadores debería servir para mirar más allá.


Reajuste por consenso 

El salario mínimo en Colombia debe fijarse por consenso entre trabajadores y empleadores, mediante negociaciones en el seno de la Comisión Nacional de Concertación al final de cada año. Si ésta no alcanza un acuerdo, el gobierno lo fija por decreto.

Este año las negociaciones comenzaron en un ambiente de optimismo. Los empleadores abrieron la discusión con una propuesta de aumentar en 4,75 por ciento, que está muy cerca de la suma entre la inflación estimada del último año (2011) y el aumento en productividad laboral durante el mismo período, estimado en 1 por ciento por el Departamento Nacional de Planeación. Los trabajadores por su parte presentaron una posición unificada para pedir un alza de 8 por ciento, pero con la aclaración de que estaban dispuestos a negociar esta cifra. De este modo, a diferencia del año anterior (y de la mayor parte de los años), la cercanía de las posiciones y el clima amistoso posiblemente permitirán que el salario mínimo para 2012 se establezca por consenso entre las partes.

Mi apuesta es que el aumento del incremento va a estar alrededor del 5,5 por ciento (en términos nominales 29.458 pesos mensuales); el salario mínimo quedará entonces en un valor cercano a los 565.000 pesos mensuales. 

Los salarios reales tienden a subir

La coyuntura actual del mercado laboral es un factor importante para evaluar lo que sucede con la fijación del salario mínimo.

Desde hace varios meses, la tasa de desempleo ha venido disminuyendo hasta llegar en octubre al nivel histórico más bajo que hayamos conocido: 9 por ciento [1]. Esto ha sido el resultado de un alto crecimiento de la demanda por trabajo —que aumentó en 3,5 puntos porcentuales en el último año (medida por la tasa de ocupación) — y superó el crecimiento de la oferta, que fue de 3 puntos porcentuales (medido por la tasa de participación).

También hay alguna evidencia, aunque no muy firme, de que en el último año mejoró la calidad del empleo: por ejemplo, las tasas de subempleo (tanto el objetivo como el subjetivo) disminuyeron -pero al mismo tiempo hubo un aumento importante (6,3 por ciento) en el número de trabajadores sin remuneración (ayudantes familiares, etc.) que en general son empleo de mala calidad.

Un hecho a destacar radica en que durante el último año la industria manufacturera haya sido el principal generador de empleo, buena parte del cual es de carácter asalariado y se encuentra protegido por la legislación laboral. El buen desempeño de la manufactura es importante además por sus encadenamientos con el resto de la economía y el consiguiente estímulo del mercado laboral en su conjunto.

Todo lo dicho indica que muy posiblemente el mercado laboral esté llegando a una situación de “equilibrio”, donde comienza a haber alguna presión al alza sobre los niveles de remuneración y esto implica que, independientemente de lo que se decida con el salario mínimo, probablemente habrá incrementos reales en los ingresos laborales, tanto de los asalariados como de los no asalariados.

El mínimo es menos importante

En esta perspectiva, lo que suceda con las negociaciones de la Comisión Nacional de Conciliación resulta menos relevante, siempre y cuando la decisión se mantenga dentro de los límites razonables donde parece haberse desarrollado hasta ahora.

Sin embargo, en otro sentido, la decisión sobre el salario mínimo sí es importante por los efectos indirectos que puede inducir por la vía de las presiones inflacionarias. El salario mínimo se ha venido usando como un mecanismo de indexación para una serie de tarifas, multas y otros pagos.

Por ejemplo, las multas de tránsito se fijan en salarios mínimos mensuales, las contribuciones a la seguridad social se hacen con referencia a un salario mínimo; el salario integral se aplica solo a partir de 10 salarios mínimos.

Cambios en la manera de fijar el mínimo

El desempleo ha venido en descenso y los salarios tenderán a mejorar. Pero estos hechos no implican que nuestros graves problemas laborales se hayan resuelto o que podamos ignorarlos por ahora: por el contrario, estos asuntos pueden discutirse con cabeza más fría en coyunturas de relativa tranquilidad como la actual. Y así:

  • Deberíamos repensar el propio mecanismo para fijar el salario mínimo y la idea de atar las revisiones a la inflación del año respectivo. En épocas de inflación relativamente baja, como las de los últimos años, la urgencia de estas revisiones anuales disminuye de manera radical, y puede incluso ser perjudicial para los trabajadores porque inhibe los ajustes necesarios en el precio relativo de los factores productivos.
  • En vez de un salario mínimo mensual habría que pensar en un mínimo por hora, como se hace en muchos otros países. Esto facilitaría el desarrollo de modalidades de trabajo de tiempo parcial y probablemente favorecería a un importante sector de la población, como son los estudiantes y las amas de casa. Desde luego que para ser consistentes, las contribuciones a seguridad social de esta población y los pagos de los beneficios pensionales también deberían desvincularse del salario mensual.
  • Hay una masa importante de la población más pobre que no se beneficia del salario mínimo, ya sea porque no les corresponde (el caso de los trabajadores no asalariados, como los independientes, los asociados a cooperativas de trabajo) o porque los patrones evaden esta obligación sin que el Estado tenga la capacidad de impedirlo. Ahora bien: como ya dije, los criterios explícitos para fijar el salario mínimo son la inflación y la productividad, sin que las formas no salariales de trabajo, la informalidad y la evasión de la ley se consideren al momento de tomar la decisión. El mecanismo de fijación del salario mínimo debe ser revisado para que tome en cuenta sus efectos sobre aquellos trabajadores no cubiertos.

Menos dicha

No puedo concluir sin observar cómo lo que para Colombia constituye un motivo de satisfacción —la tasa de desempleo del 9 por ciento— en otros países sería un motivo de gran preocupación [2]. En otras palabras, lo que podemos considerar como el nivel de desempleo friccional o natural para Colombia, en realidad es muy alto. Esto posiblemente se debe a que tenemos severas rigideces en el mercado laboral, muchas de las cuales tienen que ver con la falta de institucionalidad adecuada, la falta de mecanismos eficientes de intermediación laboral y de gestión de empleo, y la falta de movilidad. El análisis de estos factores sobrepasa el alcance de este artículo.

En resumen, es muy posible que en esta oportunidad se fije un salario mínimo por consenso entre empleadores y trabajadores. Sin embargo, dicho consenso no resuelve una serie de problemas estructurales que existen tanto en términos de la política de salario mínimo, como en el funcionamiento del mercado laboral. La coyuntura económica favorable posiblemente facilite el logro del consenso, pero debería servirnos también para profundizar con cabeza fría en dichos desequilibrios.

* Consultor y profesor universitario.

 
 0212

 

 

Jaime-Tenjo

Jaime
Tenjo G.*
Aquí es Dígalo en RP
 

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